Todo lo que debes saber sobre las horas extras en Perú
Información basada en la normativa laboral vigente en 2026: TUO de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo (D.S. 007-2002-TR) y Decreto Legislativo 713 sobre descansos remunerados, publicados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
¿Cómo se pagan las horas extras en Perú?
La jornada ordinaria máxima en Perú es de 8 horas diarias o 48 semanales. Todo el tiempo trabajado por encima de ella es sobretiempo y debe pagarse con un recargo sobre el valor de tu hora normal. Según el artículo 10 del D.S. 007-2002-TR, las dos primeras horas extras de cada día llevan una sobretasa mínima del 25% y las horas restantes de ese día, del 35%. El recargo se aplica día por día, no sobre el total de la semana ni del mes.
Trabajar en tu día de descanso semanal o en un feriado es distinto: no se rige por las reglas del sobretiempo, sino por el Decreto Legislativo 713. Si no te otorgan un día de descanso sustitutorio, te corresponde una sobretasa del 100%. Por eso esta calculadora separa las horas en tres campos.
| Situación | Sobretasa | Cómo se calcula |
|---|---|---|
| Dos primeras horas extras del día | 25% | Valor de la hora × 1.25 |
| Desde la tercera hora extra del día | 35% | Valor de la hora × 1.35 |
| Día de descanso o feriado sin descanso sustitutorio | 100% | Pago adicional de dos veces el valor de cada hora trabajada |
| Día de descanso o feriado con descanso sustitutorio | Sin sobretasa | Se paga el trabajo realizado y se otorga otro día libre |
¿Cómo se calcula el valor de tu hora normal?
Si cobras un sueldo mensual, el valor de la hora se obtiene dividiendo tu remuneración entre 30 días y luego entre 8 horas, es decir, entre 240. Con un sueldo de S/ 3,000, tu hora normal vale S/ 12.50. Conviene incluir en ese sueldo los conceptos fijos que forman parte de tu remuneración, como la asignación familiar. Sobre ese valor se aplica cada recargo.
Ejemplo práctico paso a paso
Datos: Carlos gana S/ 3,000 al mes. Un día laborable trabajó 5 horas extras y un domingo, sin recibir descanso sustitutorio, trabajó 4 horas.
- Valor de la hora normal: 3,000 ÷ 240 = S/ 12.50.
- Dos primeras horas extras (25%): 12.50 × 1.25 = S/ 15.625 por hora; por 2 horas son S/ 31.25.
- Tres horas restantes (35%): 12.50 × 1.35 = S/ 16.875 por hora; por 3 horas son S/ 50.63.
- Domingo trabajado (100%): el día de descanso ya está incluido en su sueldo, así que recibe un pago adicional de 2 × 12.50 = S/ 25.00 por hora; por 4 horas son S/ 100.00.
- Total a pagar: 31.25 + 50.63 + 100.00 = S/ 181.88.
En la calculadora, escribe 3000 como sueldo, 2 horas al 25%, 3 horas al 35% y 4 horas en día de descanso o feriado. Como las horas extras son remunerativas, aumentan tu sueldo bruto del mes y con él tus descuentos de AFP u ONP y de Renta de 5ta: descubre cuánto te queda con la Calculadora de Sueldo Neto Perú 2026. Y si las recibes con regularidad, también influyen en tu CTS, que puedes estimar con la Calculadora de CTS Perú 2026.
¿Qué pasa si trabajo en un día de descanso o feriado?
Cuando trabajas un feriado y no te dan descanso sustitutorio, recibes el pago triple: el feriado, que ya está en tu sueldo mensual, más el pago por la labor y una sobretasa del 100%. Si el feriado cae en tu día de descanso semanal, no corresponde un pago adicional solo por esa coincidencia, salvo el 1 de mayo. Si además superas tu jornada ese día, las horas extras se calculan con sus propios recargos, algo que esta herramienta no combina.
Preguntas frecuentes sobre las horas extras
¿Las horas extras se pagan doble en feriados?
No exactamente, porque trabajar un feriado no es sobretiempo. Si laboras un feriado sin que te den un día de descanso sustitutorio, te corresponde el llamado pago triple: el día feriado (que ya está incluido en tu sueldo mensual), el pago por el trabajo realizado y una sobretasa del 100%. En la práctica son dos remuneraciones diarias adicionales a tu sueldo. Si tu empleador te da un descanso sustitutorio, no corresponde la sobretasa.
¿Cómo se calculan las horas extras nocturnas?
El horario nocturno va de las 10 p. m. a las 6 a. m. y quien trabaja de noche no puede ganar menos de la remuneración mínima más una sobretasa del 35%. Las horas extras nocturnas se calculan sobre el valor de la hora que ya incluye esa sobretasa, y sobre ese valor se aplican los recargos de 25% y 35%. Por eso el monto suele ser mayor que el que muestra esta calculadora.
¿Es obligatorio que mi empleador me pague las horas extras?
Sí. El sobretiempo trabajado debe pagarse con la sobretasa que corresponda o compensarse con descanso si ambas partes lo acuerdan. No pagarlo es una infracción laboral grave. Además, el sobretiempo es voluntario: nadie puede ser obligado a hacerlo, salvo casos de fuerza mayor, y si demuestras que te lo impusieron puedes reclamar una indemnización equivalente al 100% del valor de la hora extra.
¿Puedo cambiar mis horas extras por días de descanso?
Sí, si tú y tu empleador lo acuerdan por escrito. La compensación debe respetar el mismo recargo: dos horas extras al 25% equivalen a dos horas y media de descanso. Mientras no se compensen, el empleador debe pagarlas con su sobretasa.
¿Quiénes no tienen derecho a horas extras?
No generan horas extras el personal de dirección, los trabajadores no sujetos a fiscalización inmediata, como quienes laboran sin supervisión directa, y quienes prestan servicios intermitentes. En esos casos no hay control de jornada, por lo que no corresponde el pago por exceder las 8 horas diarias o las 48 semanales.
¿Las horas extras cuentan para la CTS y la gratificación?
Sí, cuando las recibes de forma regular, es decir, al menos tres meses dentro de los seis anteriores. En ese caso se toma el promedio de lo percibido y se suma a tu remuneración computable. Puedes estimar el efecto en tu depósito con la Calculadora de CTS Perú 2026, y ver cuánto te queda de tu sueldo mensual con la Calculadora de Sueldo Neto Perú 2026.
¿Qué hago si mi empleador no me paga las horas extras?
Primero reclámalas por escrito y conserva tus boletas, registros de asistencia y mensajes que prueben las horas trabajadas. Si no te las pagan, puedes presentar una denuncia ante la SUNAFIL o iniciar un reclamo judicial. Los derechos laborales prescriben a los cuatro años contados desde que termina la relación laboral.
La normativa laboral puede cambiar. Verifica siempre las disposiciones vigentes en las fuentes oficiales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y consulta con tu empleador o un especialista antes de tomar decisiones.